OFERTAS DE EMPLEO ESCRITAS Y ORALES VS. CONTRATOS DE EMPLEO
Suponiendo que un empleado va a dar un gran paso en su carrera profesional, ¿qué debería hacer antes de renunciar a su antiguo trabajo? Obviamente, lo mejor es obtener la nueva oferta de empleo por escrito, pero la mayoría de los empleadores no lo hacen. Incluso si el empleador pone la oferta de trabajo por escrito, es posible que no tenga efecto legal. Una oferta de trabajo puede limitarse a indicar el puesto, tal vez la fecha de inicio y tal vez el salario. Eso es algo, pero ¿qué pasa con la naturaleza fundamental del trabajo (funciones, duración, ubicaciones del trabajo, alcance del trabajo)? Si el empleado realmente comienza a trabajar para la empresa y firma un reconocimiento de empleo a voluntad (at-will), o recibe un manual de la empresa y lo firma, es muy probable que esté firmando una declaración que afirma que no tiene un contrato de empleo, que dicho contrato tendría que estar por escrito y firmado por un alto ejecutivo, y que cualquier declaración previa sobre el empleo se acuerda que no forma un contrato. En ese momento, ¿tiene la oferta de trabajo algún efecto legal?
Si el empleado nunca llega a trabajar para la empresa, la carta de oferta podría utilizarse para un reclamo de impedimento promisorio (promissory estoppel). Si ese es el caso, llame al (661) 412-9600 y hable con un abogado laboral con experiencia.
CONTRATOS DE COMISIONES DE VENTAS Y CARTAS DE OFERTA PARA EMPLEADOS
Idealmente, si un empleado va a ganar comisiones de ventas, eso debería especificarse en la oferta de trabajo inicial. Las ofertas nebulosas y vagas sobre la posibilidad de ganar comisiones pueden no traducirse en que los tribunales crean que el empleado y el empleador tenían el mismo entendimiento sobre cuáles serían esas comisiones, o incluso si se le pagarían comisiones al empleado. Además, los acuerdos de comisiones orales son problemáticos. Muchas demandas involucran acuerdos de comisiones orales.
Según la ley de California, los empleadores deben poner por escrito los acuerdos para ganar comisiones. El empleador debe proporcionar una copia del acuerdo firmado. Lamentablemente, hay muchos casos sobre qué contrato aplica, qué tasa de comisión aplica y exactamente qué se acordó y qué sabían ambas partes (el empleado y el empleador). También podría existir un anexo extenso al acuerdo de comisiones que sea más importante que la primera parte del acuerdo de comisiones. Llame al (661) 412-9600 si cree que no le han pagado correctamente sus comisiones de ventas. El plazo de prescripción no le permite retroceder indefinidamente en el tiempo, por lo que es importante iniciar un caso como este lo antes posible. A veces los empleados pierden años enteros de comisiones no pagadas por esperar demasiado tiempo para presentar el caso.
¿QUÉ ES EL FRAUDE LABORAL Y CÓMO SE PUEDE PROBAR?
¿Por qué le están ofreciendo este trabajo? ¿Es porque alguien está de licencia, tal vez una licencia médica, y va a regresar? Si eso no le fue revelado, es una receta para el desastre. Podría tratarse de una situación en la que se le engañó intencionalmente sobre la duración del puesto.
Demandar a un empleador por fraude es difícil. Las declaraciones falsas deben tener la intención de engañar. Si las declaraciones falsas no fueron creídas, o fueron simple exageración publicitaria (puffing), es posible que la situación no constituya fraude. Los abogados de empleados deben alegar el fraude específicamente en la demanda. Este es un estándar más alto que el que normalmente se requiere para presentar una demanda. Se necesitan nombres, fechas y fechas específicas.
El fraude laboral a menudo involucra declaraciones falsas sobre la naturaleza del trabajo. Esto podría incluir indicar un título y responsabilidades laborales que el empleador no tiene intención de otorgar al empleado. Los cambios de circunstancias entre la contratación y las declaraciones pueden no constituir fraude. Las circunstancias que el empleador sabe que cambiarán pueden generar fraude si la existencia de esas circunstancias no fue revelada.La Sección 970 del Código Laboral de California, que contempla daños triplicados, está pensada para empleadores que hacen que los empleados se muden con el fin de aceptar un trabajo. En esas situaciones, el salario podría ser drásticamente diferente de lo que se representó, la naturaleza del trabajo podría ser diferente en cuanto a las funciones, o el trabajo podría ser por un período muy corto para terminar una tarea específica o cubrir a alguien, pero se representó como un trabajo permanente de tiempo completo. Sin embargo, las declaraciones y los cambios de condiciones que no son sustanciales no constituyen fraude. La única manera de determinar si hubo fraude laboral es hablar con un abogado laboral con experiencia. Incluso entonces, podría depender del tribunal decidir si la situación constituye fraude.
Llame al (661) 412-9600 hablar con un abogado laboral de California con experiencia que pueda asesorarle sobre si vale la pena iniciar un caso por fraude laboral.
Nuestro Despacho: Sin Honorarios ni Costos Iniciales
Representación por Honorarios de Contingencia
Todos los casos de empleo para empleados se toman por base de contingencia. Solo se nos paga un honorario cuando y si ganamos su caso, y adelantamos todos los costos de litigio. Nuestro objetivo es hacer que la representación legal experta sea accesible para todo empleado trabajador.
Sirviendo al Condado de Bakersfield
Hemos servido con orgullo a todo el Condado de Bakersfield desde 1993.
Employment Lawyers Group ha manejado con éxito
Casos de Empleo Separados en California
Apariciones en Medios
Resultados de Casos de Muestra
incumplimiento de contrato de comisión
$1,150,000
Comisiones no pagadas de dos demandantes
salarios no pagados
$875,000
Para 4 trabajadores de la industria de servicios de campos petroleros cuyas horas trabajadas no se registraron en las hojas de tiempo y estaban de guardia
obligado a trabajar sin pago de guardia
$800,000
Acuerdo de acción colectiva por guardia controlada
Aviso legal: Estos resultados se basan en los hechos de estos casos específicos y no garantizan ni predicen un resultado similar en ningún caso futuro.
Áreas de Práctica
Discriminación
Reclamos por discriminación por edad, discapacidad, FMLA/CFRA, género, origen nacional, embarazo, raza y orientación sexual.
Salarios No Pagados y Horas Extra
Recuperación de ingresos por horas extra, bonificaciones, comisiones, violaciones de descansos para comer y descansar, y reclamos de salario prevaleciente.
Acoso Sexual
Representación compasiva y eficaz para reclamos de acoso sexual y ambiente de trabajo hostil.
Despido Injustificado
Representación de empleados despedidos en violación de la política pública, contratos, o la ley estatal de California y federal.
Licencias y Represalias
Protección de empleados que enfrentan acciones adversas después de denunciar actividades ilegales o tomar una licencia médica protegida.
Denunciantes
Defensa de empleados que denuncian fraude, desperdicio o abuso bajo las leyes de protección de denunciantes de California y federales.
Nuestras Ubicaciones en California
Bakersfield
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Sitios Adicionales
Sobre el Fundador de la Firma, Karl Gerber
Fundador de la firma, Karl Gerber, ha sido abogado de derecho laboral y despido injustificado desde 1993. Ha representado a una amplia gama de empleados en todo California.
El Sr. Gerber ha ganado 51 de los arbitrajes vinculantes y juicios con jurado que presidió por primera vez, y varias de sus apelaciones han sido publicadas. Esta profunda experiencia en juicios es la base del enfoque estratégico de la firma en materia de litigios.
Los abogados laborales que trabajan en Employment Lawyers Group han estado en la firma por más de cinco años, también han litigado muchos casos laborales diferentes, y todos han sido ampliamente capacitados en derecho laboral y despido injustificado por Karl Gerber.
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