Abogado de Salarios No Pagados en Kern County, California
Contáctenos si tiene alguna pregunta sobre si se le adeudan horas extras, tiempo doble, comisiones, salarios, pago de bonificaciones o pago por descansos para comer o descansar. Queremos explicarle qué son las horas extras, qué es el salario prevaleciente y cuándo usted es un empleado exento o no exento.
El derecho relativo a los salarios no pagados es muy complicado. Existen numerosas exenciones y normas. Además, la ley sobre salarios no pagados no proviene de una sola fuente. Existen Secciones del Código Laboral, interpretaciones de la DLSE, Códigos de Regulaciones de California, Órdenes Salariales y otros principios legales que se aplican. También existen grandes variaciones entre las leyes federales y las de California en materia de salarios no pagados.
Los casos de horas extras, los casos de descansos para comer y descansar, los casos de bonificaciones no pagadas y los casos de comisiones no pagadas involucran leyes laborales que prevén múltiples sanciones. Es probable que la Comisión Laboral (Department of Labor Standards Enforcement) no persiga sanciones por horas extras no pagadas, comisiones no pagadas, bonificaciones no pagadas o infracciones de descansos para comer y descansar. Tampoco es probable que persiga intereses por horas extras no pagadas, comisiones no pagadas, descansos para comer y descansar no pagados, o salarios o bonificaciones no pagados.
Llame (661) 412-9600 para un abogado laboral de Kern County que persiga todas las multas e intereses.
TODAS LAS DECLARACIONES AQUÍ CONTENIDAS ASUMEN MUCHAS CONDICIONES QUE PUEDEN NO APLICAR. LA LEY DE SALARIOS Y HORAS ES MUY TÉCNICA. POR FAVOR CONSULTE CON UN ABOGADO LABORAL.
A los Empleados de California Se Les Paga Por Dormir
La ley de California que regula lo que se debe pagar a los trabajadores por hora difiere de la Federal Fair Labor Standards Act (FSLA). Este es un ejemplo de cómo la ley de California es más favorable que la ley federal, la cual ofrece las protecciones laborales mínimas posibles para los trabajadores.
En California, los empleados no exentos que trabajan veinticuatro horas o más al día deben recibir pago por el tiempo de sueño, a menos que se cumplan una serie de circunstancias. 1) El empleador debe permitir que el empleado tenga la posibilidad de dormir sin interrupciones durante más de cinco horas. Si el empleado tiene libertad para hacer lo que desee durante esas cinco horas y decide no dormir, el empleador no está obligado a pagarle, siempre que se cumplan los dos últimos criterios; 2) el tiempo excluido por sueño ininterrumpido no puede ser mayor de ocho horas; 3) el empleador debe proporcionar instalaciones adecuadas para dormir. Una habitación con una cama podría constituir instalaciones adecuadas para dormir, al igual que un motel o un hotel. Preguntas más interesantes serían si una carpa resistente a la intemperie constituiría instalaciones adecuadas, y probablemente lo sería si el trabajo se realizara en un lugar alejado de un refugio normalmente construido, pero probablemente no si se tratara de un guardia de seguridad que trabaja en un hospital.
Suponiendo que exista un turno consecutivo de veinticuatro horas o más, y que se cumplan todos los criterios anteriores, la siguiente pregunta es si los descansos ininterrumpidos para comer se excluyen al determinar que se trata de un turno de veinticuatro horas. Por ejemplo, si el empleado tomó dos descansos ininterrumpidos de media hora para comer, solo se habrían trabajado veintitrés horas. Por lo tanto, la regla sobre el pago por dormir en realidad implica turnos consecutivos de veinticinco horas si el empleador ha pagado correctamente los descansos para comer.
Si el horario del empleado es de menos de veinticuatro horas, el empleado no tiene derecho a que se le pague si duerme. Existirían preguntas sobre cuántos descansos ininterrumpidos para comer tiene derecho el empleado, y cuánto se le debe pagar en concepto de horas extras y pago doble.
Lo anterior es la ley general. Surgen complicaciones si se exige al empleado permanecer en las instalaciones mientras duerme. Algunos puestos están exentos de que se pague al empleado por dormir si se le exige vivir en las instalaciones, o permanecer en el domicilio del empleador. Otros puestos requieren acuerdos por escrito para que el empleador evite pagar al empleado por todas las horas pasadas en las instalaciones.
Existen demasiados escenarios, exenciones e industrias para describirlos todos, por lo que es mejor consultar con un abogado altamente calificado y experimentado en casos de salarios y horas. Estos no son temas que un abogado generalista conozca, y ni siquiera son temas que muchos abogados laborales conozcan de memoria. Estos temas se basan en una variedad de diferentes órdenes salariales, Códigos de Regulaciones de California, estatutos de California y estatutos federales, casos federales y cartas de opinión. Los abogados familiarizados con estos temas necesitarían una biblioteca jurídica adecuada para responder a estas preguntas. Este tipo de información no está disponible toda en un solo lugar, y requiere la síntesis de información por parte de alguien capacitado en esta área.
Algunas de las leyes que generalmente rigen si los empleadores deben pagar por el tiempo de sueño son 29 C.F.R. 785.21; 29 C.F.R. 785.22(a); Division of Labor Standards Enforcement Policy and Interpretations Manual (rev. 2009); Wage and Hour Opinion Letter No. 2102 C.C.H. Section 32,944 (1999); Wage and Hour Opinions Letters No. 1929, C.C.H. 32,759 (1998); No. 1559,C .C.H. 31,362 (1981); Aguilar v. Association For Retarded Citizens, 234 Cal.App.3d 21 (1991); Monzon v. Schaefer Ambulance, 224 Cal.App.3d 16 (1990); Service Employees Local 102 v. County of San Diego, 35 F.3d 483 (9th Cir. 1994); General Electric v. Porter, 208 F.2d 805 (9th Cir. 1953); Johnson v. City of Columbia, 949 F.2d 127 (4th Cir. 1991); Hultgren v. County of Lancaster, 913 F.2d 498 (8th Cir. 1990); Van Dyke v. Bluefrield Gas Co., 210 F.2d 620 (4th Cir. 1954); Beaston v. Scotland, 693 F.Supp. 234 (MD Pa. 1988).
Llame (661) 412-9600 para un abogado de salarios y horas de Bakersfield.
Los empleados pueden estimar la cantidad de horas que trabajaron y que no se les pagaron, si el empleador no cuenta con registros de nómina adecuados.
En todo juicio con jurado, se le da al jurado una instrucción sobre cuál es la ley. Si el empleador no ha mantenido registros precisos de las horas que trabaja el empleado, o no los presenta en el juicio, se lee la siguiente instrucción al jurado:
La ley estatal exige que los empleadores de California mantengan registros de nómina que muestren las horas trabajadas por los empleados y los salarios pagados a estos. Si los Demandados no han presentado información precisa sobre las horas trabajadas por el Demandante, entonces su decisión puede basarse en una estimación razonable de las horas trabajadas, CACI 2703.
Hernandez v. Mendoza, 199 Cal.App.3d 721, 727-728, 245 Cal.Rptr. 36 (1988) concuerda con el precedente federal y establece:
Aunque el empleado tiene la carga de probar que realizó un trabajo por el cual no fue compensado, la política pública prohíbe convertir esa carga en un obstáculo imposible para el empleado...'En tal situación...el empleado ha cumplido con su carga si prueba que, de hecho, realizó un trabajo por el cual fue compensado de manera indebida, y si presenta evidencia suficiente para demostrar el monto y el alcance de ese trabajo como cuestión de inferencia justa y razonable. La carga entonces se traslada al empleador para que presente evidencia de la cantidad precisa de trabajo realizado, con evidencia que niegue la razonabilidad de la inferencia que debe extraerse de la evidencia del empleado. Si el empleador no logra presentar dicha evidencia, el tribunal puede entonces otorgar daños al empleado, aunque el resultado sea solo aproximado.'
No tenga miedo de presentar una demanda por salarios no pagados, incluidas las horas extras, si usted o su empleador no cuentan con registros completamente precisos de las horas que trabajó, como a través de tarjetas de tiempo. Sin embargo, no exagere sus reclamos sobre las horas trabajadas.
Si tiene preguntas sobre si se le debe pagar cuando trabaja un turno de veinticuatro horas, o más corto, no dude en contactarnos en (661) 412-9600 para un abogado de salarios y horas de Kern county.
Abogado de Salarios por Trabajo Fuera de Horario en Bakersfield
En California, es ilegal que su empleador le pida que trabaje fuera de horario. Si su empleador le ha pedido que no reporte todas las horas que trabaja, es posible que pueda presentar un reclamo contra su empleador. Solo un abogado experimentado puede determinar el valor de su reclamo, que puede incluir los salarios que se le adeudan, intereses, multas y otros daños.
En Employment Lawyers Group, nuestros abogados cuentan con amplia experiencia litigando casos de salarios no pagados, incluido el trabajo fuera de horario. Contáctenos para analizar su caso y explicarle sus opciones.
¿Qué Es Trabajar Fuera de Horario?
Trabajar fuera de horario ocurre cuando su empleador le pide que no reporte todas las horas que trabaja. Estos son algunos ejemplos:
- Su empleador le pide que no reporte el tiempo de preparación.
- Su empleador le pide que no reporte el tiempo trabajado el fin de semana, como el tiempo en que está de guardia.
- Su empleador le pide que no reporte el tiempo que resultaría en pago de horas extras.
- Su empleador le pide que no reporte los descansos para comer como tiempo trabajado cuando se le exige permanecer en el lugar.
Si su empleador no le paga por todas las horas que trabaja, usted tiene dos opciones:
- Puede presentar un reclamo ante la California Division of Labor Standards Enforcement
- Puede contratar a un abogado y presentar una demanda en un tribunal civil
En la mayoría de los casos, vale la pena contratar a un abogado para que maneje su caso. Solo un abogado conoce todos los remedios, multas legales y sanciones que pueden estar disponibles para usted. Si su empleador lleva el caso a juicio y pierde, es posible que también deba pagar los honorarios de su abogado. Si su empleador lo despide o lo castiga por presentar un reclamo de salarios no pagados, podría estar sujeto a daños adicionales y a un caso de despido injustificado.
Contacte a un Abogado de Reclamos Salariales de Kern County
Para hablar con un abogado de Bakersfield sobre trabajo fuera de horario, llame al (661) 412-9600 gratuito. Manejamos todos los casos bajo un esquema de honorarios de contingencia, sin costos iniciales. Se habla español.
Salario Mínimo en California
En California, el salario mínimo es de $8 por hora. Aunque existen algunas excepciones, la ley estatal exige que los empleadores paguen a casi todos los empleados el salario mínimo o más. Si no está recibiendo el salario mínimo, es posible que pueda presentar un reclamo contra su empleador. Solo un abogado experimentado puede determinar el valor de su reclamo, que puede incluir los salarios que se le adeudan, intereses, multas y otros daños.
El incumplimiento del pago del salario mínimo puede ocurrir incluso si, técnicamente, se supone que a usted se le debe pagar más del salario mínimo. Por ejemplo, un trabajador que gana $11 por hora termina ganando menos del salario mínimo si se le exige trabajar 50 horas a la semana. Diez de esas horas deben pagarse a $16.50 la hora, y si al empleado solo se le pagaron $440 por la semana, eso equivale a $275 por 40 horas de trabajo.
En Employment Lawyers Group, nuestros abogados cuentan con amplia experiencia litigando casos de salarios no pagados, incluido el incumplimiento del pago del salario mínimo. Contáctenos para analizar su caso y explicarle sus opciones.
Protección para los empleados: Si su empleador lo despide o lo castiga por presentar un reclamo por incumplimiento del pago del salario mínimo, podría estar sujeto a daños adicionales. Si su empleador lleva el caso a juicio y pierde, podría estar obligado a pagar los honorarios de su abogado.
Contacte a un Abogado de Reclamos Salariales de Bakersfield
Para hablar con un abogado de Taft sobre incumplimiento del pago del salario mínimo, llame al (661) 412-9600 gratuito. Manejamos todos los casos bajo un esquema de honorarios de contingencia, sin costos iniciales. Se habla español.
Salarios Prevalecientes en Kern County
Si usted es empleado de un empleador privado y trabaja en un proyecto de construcción para una agencia pública en California, su empleador está obligado por ley a pagarle el salario prevaleciente por sus servicios. Si no está recibiendo el salario prevaleciente, es posible que pueda presentar un reclamo contra su empleador. Solo un abogado experimentado puede determinar el valor de su reclamo de salario prevaleciente, que puede incluir los salarios que se le adeudan, intereses, multas y otros daños.
En Employment Lawyers Group, nuestros abogados cuentan con amplia experiencia litigando casos de salarios no pagados, incluido el incumplimiento del pago del salario prevaleciente. Contáctenos para analizar su caso y explicarle sus opciones.
¿Qué Es el Salario Prevaleciente?
El salario prevaleciente es el salario por hora y los beneficios pagados a la mayoría de los trabajadores en un área en particular. En California, el monto del salario prevaleciente se establece por ley. A menos que su trabajo sea de nivel de entrada, su empleador privado debe pagarle el salario prevaleciente cuando trabaja para una ciudad, condado, distrito escolar, el estado o cualquier otra agencia pública.
Protección para los empleados: Si su empleador lo despide o lo castiga por presentar un reclamo por incumplimiento del pago del salario prevaleciente, podría estar sujeto a una demanda por despido injustificado.
Contacte a un abogado de reclamos salariales de Kern County y llame al (661) 412-9600 gratuito. Manejamos todos los casos bajo un esquema de honorarios de contingencia, sin costos iniciales. Se habla español.
Abogado de Horas Extras de Bakersfield
Con pocas excepciones, los empleadores de California están obligados a pagarle horas extras por las horas trabajadas en exceso de ocho en un día. Si no está recibiendo horas extras cuando corresponde, es posible que pueda presentar un reclamo contra su empleador. Solo un abogado experimentado puede determinar el valor de su reclamo, que puede incluir los salarios que se le adeudan, intereses, multas y otros daños.
En Employment Lawyers Group, nuestros abogados cuentan con amplia experiencia litigando casos de salarios no pagados, incluido el incumplimiento del pago del salario prevaleciente. Contáctenos para analizar su caso y explicarle sus opciones.
¿Quién Está Exento del Requisito de Horas Extras?
En California, existen muchas industrias y profesiones que están exentas del requisito de horas extras. Le recomendamos encarecidamente que consulte con un abogado sobre si usted es un empleado exento o no exento. Los siguientes son ejemplos de empleados exentos:
- Empleados administrativos, profesionales y ejecutivos
- Ciertos empleados en el campo de software de computadoras
- Vendedores externos
- El padre, cónyuge, hijo o hijo legalmente adoptado del empleador
- Los gerentes y supervisores que supervisan a dos o más empleados el 51 por ciento o más del tiempo y reciben un salario de al menos dos veces el salario mínimo
Las leyes que definen al empleado administrativo, profesional o ejecutivo a menudo son malinterpretadas por los empleadores. Si cree que su puesto puede estar mal clasificado, comuníquese con nuestros experimentados abogados laborales para una evaluación.
Si trabaja cuatro días de 10 horas o tres días de 12 horas, tiene derecho a horas extras por todas las horas trabajadas en un día que superen las ocho. El tiempo doble es el pago que se debe por el trabajo realizado después de la hora 12 de cada día.
Protección para los empleados: Si su empleador lo despide o lo castiga por presentar una reclamación por falta de pago de horas extras, puede estar sujeto a daños adicionales. Si su empleador exige que el caso de horas extras se resuelva mediante una decisión judicial completa, lo más probable es que deba pagar los honorarios de su abogado.
Para hablar con un abogado de horas extras de Bakersfield, llame al (661) 412-9600 gratuito. Manejamos todos los casos bajo un esquema de honorarios de contingencia, sin costos iniciales. Se habla español.
Leyes de Descanso para Almorzar en California
En California, la ley exige que su empleador le proporcione descansos para comer y descansar. Si no está recibiendo estos descansos para almorzar, puede tener derecho a una compensación de su empleador. Solo un abogado laboral experimentado puede determinar el valor de su reclamación, que puede incluir sanciones por descansos para comer y descansar omitidos e intereses.
En Employment Lawyers Group, nuestros abogados tienen amplia experiencia litigando infracciones de las leyes laborales, incluido el requisito de proporcionar descansos para almorzar. Contáctenos para hablar sobre su caso y explicarle sus opciones.
¿Cuándo Tengo Derecho a Descansos para Comer?
Si trabaja más de cinco horas al día, tiene derecho a un descanso para comer ininterrumpido de no menos de 30 minutos, durante el cual puede salir del lugar de trabajo o hacer lo que desee. Esto solo se aplica a los empleados no exentos. El hecho de que se le pague por hora o con un salario fijo no determina si está exento. El empleado no puede optar por no tomar el descanso para comer y luego demandar. Para presentar una demanda, el empleador debe haber impedido el descanso para comer, o la naturaleza del negocio debe ser tal que el empleado no pueda ser relevado para tomar un descanso para comer.
Su empleador no está obligado a pagarle por un descanso para comer siempre que quede relevado de todas sus funciones y se le permita salir del lugar de trabajo. Si trabaja más de 10 horas, tiene derecho a dos descansos para comer ininterrumpidos.
Si se le exige permanecer en su lugar de trabajo durante su descanso para comer, se le debe pagar por ese tiempo, incluso si queda relevado de todas sus funciones durante el descanso, a menos que haya firmado una renuncia válida al descanso para comer o un acuerdo de descanso para comer en servicio. Si las renuncias al descanso para comer son válidas es una cuestión de derecho laboral extremadamente complicada con la que tenemos experiencia, habiendo manejado este tema en una demanda colectiva.
¿Cuándo Tengo Derecho a Descansos?
Tiene derecho a un descanso de 10 minutos por cada período de trabajo de cuatro horas.
Protección para los empleados: Si su empleador lo despide o lo castiga por presentar una reclamación por descanso para comer o descanso, puede estar sujeto a daños adicionales.
La ley es muy complicada, por lo que lo mencionado anteriormente puede no aplicarse a su caso. Para consultar a un abogado de descansos para comer no pagados de Bakersfield, llame al (661) 412-9600 gratuito. Manejamos todos los casos bajo un esquema de honorarios de contingencia, sin costos iniciales. Se habla español.
Abogado de Comisiones No Pagadas de Bakersfield
En California, es ilegal que un empleador retenga comisiones y bonificaciones no pagadas. Si no se le ha pagado todo el dinero que ha ganado, puede tener derecho a una compensación. Solo un abogado experimentado puede determinar el valor de su reclamación, que puede incluir el pago que se le adeuda, intereses, sanciones y otros daños.
En Employment Lawyers Group, nuestros abogados tienen amplia experiencia litigando casos de salarios no pagados, incluida la falta de pago de comisiones y bonificaciones. Hemos logrado recuperaciones de más de $1,000,000 por comisiones no pagadas. Contáctenos para hablar sobre su caso de comisiones no pagadas y explicarle sus opciones.
¿Cuándo Deben Pagarse las Comisiones y Bonificaciones?
Como regla general, su empleador está obligado a pagarle una comisión o bonificación no discrecional si usted ha completado sustancialmente el trabajo necesario para ganar dicha compensación. Tiene derecho a las comisiones y bonificaciones no pagadas incluso si deja a su empleador. Sin embargo, si otro empleado tuvo que realizar funciones sustanciales para completar el evento comisionable o de bonificación, es posible que su empleador no esté obligado a pagarle.
Si su empleador no le paga toda la compensación que ha ganado al momento de la terminación o renuncia, es posible que deba pagarle "salarios por tiempo de espera". Los salarios por tiempo de espera equivalen al pago de un día completo durante hasta 30 días, hasta que su empleador le pague.
Protección para los empleados: Si su empleador lo despide o lo castiga por presentar un caso de comisiones o bonificaciones no pagadas, puede estar sujeto a daños adicionales.
Para hablar con un abogado de comisiones no pagadas del condado de Kern, llame al (661) 412-9600 gratuito. Manejamos todos los casos bajo un esquema de honorarios de contingencia, sin costos iniciales. Se habla español.
Salarios No Pagados en California
Su empleador está obligado a pagarle por todo el tiempo trabajado en California. Si no ha recibido toda la compensación que merece, es posible que pueda presentar una reclamación contra su empleador. Solo un abogado experimentado puede determinar el valor de su reclamación por salarios no pagados, que puede incluir los salarios que se le adeudan, intereses, sanciones y otros daños.
En Employment Lawyers Group, nuestros abogados tienen amplia experiencia litigando casos de salarios no pagados. Contáctenos para hablar sobre su caso y explicarle sus opciones.
La información en esta página puede no ser aplicable si usted es un empleado público o miembro de un sindicato, o debido a varios otros factores. Consulte a nuestros experimentados abogados laborales para obtener información sobre su problema salarial.
Ejemplos de Salarios No Pagados
Muchos empleadores retienen ilegalmente el pago a los empleados. Los siguientes son ejemplos de algunas de las violaciones más frecuentes:
- Pedirle que trabaje fuera de horario
- Cobrarle por uniformes u otros suministros que necesita para realizar su trabajo
- No pagar el salario mínimo
- No pagar horas extras o tiempo doble
- No pagar comisiones o bonificaciones
- No pagar los descansos para comer cuando la empresa le exige permanecer en el lugar de trabajo
- No pagar sus salarios finales después de la terminación de su empleo
Si su empleador está dispuesto a estafarlo de toda la compensación que merece, es posible que esté haciendo lo mismo con otros empleados. Por esta razón, nuestros abogados a menudo manejan las reclamaciones de salarios no pagados como demandas colectivas.
Protección para los empleados: Si su empleador lo despide o lo castiga por presentar un caso de salarios no pagados, puede estar sujeto a daños adicionales. Si su empleador lleva el caso a los tribunales y pierde, es posible que deba pagar los honorarios de su abogado.
Lidiar con salarios no pagados puede volverse complicado, ya que existen muchas reglas y regulaciones establecidas. En Employment Lawyers Group, somos expertos y le ayudaremos a obtener lo que merece si no ha sido compensado por su tiempo. Atendemos a todo el Condado de Kern, incluyendo: Arvin, Bakersfield, Lebec, Mojave, Ridgecrest, Taft y Wasco. Para hablar con un abogado de reclamos salariales de Bakersfield, llame al (661) 412-9600 gratuito. Manejamos todos los casos bajo un esquema de honorarios de contingencia, sin costos iniciales. Se habla español.
Nuestro Despacho: Sin Honorarios ni Costos Iniciales
Representación por Honorarios de Contingencia
Todos los casos de empleo para empleados se toman por base de contingencia. Solo se nos paga un honorario cuando y si ganamos su caso, y adelantamos todos los costos de litigio. Nuestro objetivo es hacer que la representación legal experta sea accesible para todo empleado trabajador.
Sirviendo al Condado de Bakersfield
Hemos servido con orgullo a todo el Condado de Bakersfield desde 1993.
Employment Lawyers Group ha manejado con éxito
Casos de Empleo Separados en California
Apariciones en Medios
Resultados de Casos de Muestra
incumplimiento de contrato de comisión
$1,150,000
Comisiones no pagadas de dos demandantes
salarios no pagados
$875,000
Para 4 trabajadores de la industria de servicios de campos petroleros cuyas horas trabajadas no se registraron en las hojas de tiempo y estaban de guardia
obligado a trabajar sin pago de guardia
$800,000
Acuerdo de acción colectiva por guardia controlada
Aviso legal: Estos resultados se basan en los hechos de estos casos específicos y no garantizan ni predicen un resultado similar en ningún caso futuro.
Áreas de Práctica
Discriminación
Reclamos por discriminación por edad, discapacidad, FMLA/CFRA, género, origen nacional, embarazo, raza y orientación sexual.
Salarios No Pagados y Horas Extra
Recuperación de ingresos por horas extra, bonificaciones, comisiones, violaciones de descansos para comer y descansar, y reclamos de salario prevaleciente.
Acoso Sexual
Representación compasiva y eficaz para reclamos de acoso sexual y ambiente de trabajo hostil.
Despido Injustificado
Representación de empleados despedidos en violación de la política pública, contratos, o la ley estatal de California y federal.
Licencias y Represalias
Protección de empleados que enfrentan acciones adversas después de denunciar actividades ilegales o tomar una licencia médica protegida.
Denunciantes
Defensa de empleados que denuncian fraude, desperdicio o abuso bajo las leyes de protección de denunciantes de California y federales.
Nuestras Ubicaciones en California
Bakersfield
5401 Business Park S, #214,
Bakersfield CA 93309
Sacramento
777 Campus Commons Rd, #200,
Sacramento CA 95825
San Francisco / Bay Area
524 Union St, #400,
San Francisco CA 94133
San Jose / Silicon Valley
111 N. Market St, #300,
San Jose CA 95113
Torrance / South Bay
3655 Torrance Blvd, 3rd Floor,
Torrance CA 90503
Sitios Adicionales
Sobre el Fundador de la Firma, Karl Gerber
Fundador de la firma, Karl Gerber, ha sido abogado de derecho laboral y despido injustificado desde 1993. Ha representado a una amplia gama de empleados en todo California.
El Sr. Gerber ha ganado 51 de los arbitrajes vinculantes y juicios con jurado que presidió por primera vez, y varias de sus apelaciones han sido publicadas. Esta profunda experiencia en juicios es la base del enfoque estratégico de la firma en materia de litigios.
Los abogados laborales que trabajan en Employment Lawyers Group han estado en la firma por más de cinco años, también han litigado muchos casos laborales diferentes, y todos han sido ampliamente capacitados en derecho laboral y despido injustificado por Karl Gerber.
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